Proyecto de ley acceso responsable a las montañas en Chile
En el último tiempo, resurgió la discusión acerca de un proyecto de ley, presentado el año 2019, que busca “promover el acceso a las áreas de altas cumbres de montaña” como un derecho para todas las personas, pero ¿será suficiente?
Por Antonia Sánchez – egresada de Derecho Universidad de Chile

Chile es un país de cerros. Más del 60% de la superficie del país se encuentra cubierto por montañas. Cientos de personas se acercan cada día a ellas, con fines turísticos, deportivos o simplemente con la intención de estar en contacto con la naturaleza.
Sin embargo, suele ocurrir frecuentemente que el acceso se ve impedido, ya sea por un portón, alambrados o incluso por violentos dueños que expulsan a quienes se acercan demasiado a sus propiedades.
Episodios como estos los conoce cualquier escalador, montañista, y actualmente, debido a la creciente masividad en la práctica de deportes al aire libre, cualquier persona que intente recorrer algún sendero que caiga dentro de la categoría de “propiedad privada”.
Ante esta situación, resurgió la discusión acerca de un proyecto de ley, presentado el año 2019, que busca “promover el acceso a las áreas de altas cumbres de montaña”. Si bien es valorable que, ante la inexistencia de regulación en la materia y el creciente número de visitantes, se busque facilitar el acceso a estos territorios, la iniciativa mencionada se queda muy por detrás de lo que esperaríamos para realmente garantizar el que consideramos debiera ser un derecho de todas las personas.
La relación de las personas con la naturaleza no es algo antojadizo, es una necesidad humana. Esto ha quedado aún más en evidencia en época de pandemia, en la que nos hemos visto en la obligación de permanecer largos periodos de tiempo en confinamiento. Al salir de las cuarentenas, la gente se ha volcado a los espacios abiertos.
No es un fenómeno nuevo
En la cultura Mapuche, la persona y su entorno son entendidos como un conjunto indisociable. El ser humano proviene de la naturaleza, forma parte de ella, al tiempo que ella le provee todo lo necesario para subsistir.
Para este pueblo, es impensable la existencia sin la mapu, por ello su relación con la tierra se basa en el cuidado y respeto, no en la apropiación, extrayendo solo lo necesario y protegiéndola como a una madre.
Para quienes gustan de ejemplos occidentales, democracias modernas como Suiza, Noruega, Alemania, entre otras, reconocen un “derecho de acceso común” a la naturaleza, que permite a todas las personas el acceso y tránsito por bosques, cerros y prados, incluso de propiedad privada, incluyendo la recolección de frutos y hongos silvestres, todo esto sin fines comerciales.
En estos países, el acceso debe estar garantizado por los dueños, quienes no pueden impedirlo sino solo por motivos debidamente fundados, como posibles daños en las cosechas u otros similares.
No es la intención de este texto abarcar la complejidad de la cosmovisión mapuche, ni tampoco explicar el origen del sistema de propiedad privada en el derecho chileno, sino solo mostrar como ejemplo que nuestra relación con la naturaleza es cultural, fue impuesta por los colonizadores, y por lo tanto puede (y debe) ser cuestionada desde ópticas que propongan superar el dogma de exclusión en los territorios naturales, debido su carácter de imprescindibles y necesarios para toda la comunidad.
El proyecto de ley de acceso a la montaña no considera ninguna de estas visiones, sino que perpetúa el entendimiento de la propiedad privada como máxima jurídica casi infranqueable, absoluta y exclusiva para quien la detenta.
Difícil sería de otro modo cuando no se tiene a la vista el bienestar colectivo por sobre el individual, cuando la tierra se divide en trozos que pertenecen a pocos, y cuando el derecho de todes a caminar, a explorar, queda limitado a una cerca y a la buena voluntad de quien nos quiera abrir el paso.
¿Quieres saber más este proyecto? ¡Lee aquí el texto completo y súmate a la discusión!